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El concepto hace referencia al acto y la consecuencia de conciliar: acordar, compatibilizar, convenir. Se trata de la acción de conseguir que dos o más partes opuestas logren llegar a un acuerdo para llevar bien.

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Una conciliación, por lo tanto, consiste en llegar a un acuerdo sobre algo.

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Procedimiento:

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  • Presentar la solicitud de la conciliación por escrito con dos copias, una para la Notaría y otra para la persona citada a conciliar.

  • El día que se radica la solicitud se debe cancelar el valor de la Conciliación, de acuerdo a la tarifa establecida por el Ministerio del Interior y de Justicia.

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HORARIO NORMAL: Lunes a viernes  08:30 A.M. a 1:00 P.M. y de 2:00 P.M. a 5:30 P.M. - HORARIO EXTENDIDO: Sábados de 9:00 A.M. a 1:00 P.M.

DIRECCIÓN: Transversal 55 No 98A 66 Centro comercial Iserra 100                  

Télefono  (1) 7435552 - (1) 6160522  

e-mails:  administracion@notaria52.com   -   cincuentaydosbogota@supernotariado.gov.co  

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