
Transversal 55 # 98a-66
Centro Comercial Iserra 100 Sótano 1
Teléfono: (1) 7435552
REGISTRO CIVIL
PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR COPIAS DE REGISTROS CIVIL:
REQUISITO PARA SOLICITAR REGISTROS CIVILES DE MENORES DE EDAD:
Si va a solicitar la copia de un registro civil de un menor de edad de manera presencial o a domicilio, y usted no es el padre o la madre del menor, deberá uno de los padres del menor enviar correo electrónico desde su correo personal a registrocivil@notaria52.com o cincuentaydosbogota@supernotariado.gov.co con el asunto "AUTORIZACIÓN PARA REGISTRO CIVIL" en el cual adjunten copia de su cédula de ciudadanía e identifiquen plenamente y con número de cédula a la persona autorizada a solicitar y reclamar las copias del registro civil de su hijo o hija y si es el caso, la dirección a la cual se deberán enviar las copias.
Si se trata de apoderado judicial deberá presentar poder especial debidamente otorgado por uno de sus padres o ambos para poder reclamar las copias de registro civil del menor de edad.
Para solicitar las copias de manera presencial: Tiempo aproximado del trámite: 15 minutos.
Debe acercarse a las instalaciones de la notaría en el horario de atención y seguir los siguientes pasos:
1. Hacer la solicitud en la ventanilla de Registro Civil con los datos del inscrito.
2. Cancelar el valor de cada copia en caja ($9.000)
3. Entregar el recibo de caja en la ventanilla de Registro Civil.
Para solicitar las copias para envío a domicilio: Tiempo aproximado del trámite: 3-5 días.
1. Enviar solicitud de expedición de copias mencionando los datos del inscrito y el tipo de registro civil a solicitar (matrimonio, defunción o nacimiento) al correo cincuentaydosbogota@supernotariado.gov.co
2. Especificar la dirección completa, número de teléfono, nombres completos de quien recibe los documentos y ciudad a la cual se deberán enviar las copias de registro civil solicitadas.
3. Pagar el valor de las copias mediante el botón de pago PSE (en la página de inicio) en la cual se deberá incluir el valor de la copia más la comisión bancaria de la siguiente manera:
1 copia de registro civil = $9.000 (deberá multiplicar este valor por el número de copias a solicitar)
1 Comisión por PSE = $2.618 (esta se paga por cada transacción, independiente del número de copias a solicitar)
TOTAL POR 1 COPIA = $9.000 + $2.618 = $11.618
TOTAL POR 2 COPIAS = $9.000 x 2 = $18.000 + $2.618 = $20.618
TOTAL POR 3 COPIAS = $9.000 x 3 = $ 27.000 + $2.618 = $ 29.618
Si desea APOSTILLAR el registro civil deberá cancelar los siguientes valores adicionales por cada copia a apostillar:
1 firma digital $10.234
1 tránsito cibernético $10.234
TOTAL ADICIONAL POR DOCUMENTO A APOSTILLAR: $20.468
TOTAL POR 1 COPIA APOSTILLADA = $32.086
4. Adjuntar comprobante del pago al correo electrónico en el que haga la solicitud.
Antes de pagar asegúrese que el registro civil que solicita si se encuentre registrado en la Notaría 52 de Bogotá. No podrán ser expedidos registros que figuren en la base de datos de otra notaría.
5. Las copias le serán enviadas a la dirección por usted aportada mediante correo certificado en la modalidad PAGO CONTRA ENTREGA, es decir, quien recibe los documentos cancelará el valor del envío. Para ello la notaría le enviará la guía para hacerle seguimiento a su envío.
La notaría no se responsabiliza por el tiempo de entrega de la empresa de mensajería así como de las devoluciones que haga la empresa de mensajería por no recibir los documentos en el domicilio.
REQUISITOS PARA REGISTRO CIVIL DE NACIMIENTO:
1. Certificado de nacido vivo debidamente firmado por el médico.
2. Presentación física del bebé para toma de huellas.
3. Copia de las cédulas de ciudadanía de los padres (si es extranjero cédula de Extranjería o Pasaporte).
REGISTRO CIVIL DE MATRIMONIO:
1. Fotocopias de cédulas de ciudadanía de los contrayentes.
2. Fotocopia del acta de matrimonio.
2.1.Para el caso de matrimonios por Iglesia Católica, el acta de matrimonio debe estar autenticada por la curia.
2.2. Si es por un credo distinto del católico, presentar copia de la prueba del reconocimiento de la personería Jurídica de la Iglesia.
2.2. Si el matrimonio se hizo en el extranjero, se debe hacer escritura de protocolización, para lo cual deben aportar el registro civil autenticado, apostillado y traducido.
PARA MAYOR INFORMACIÓN CONSULTAR LA CIRCULAR ÚNICA DE REGISTRO EN EL SIGUIENTE ENLACE: